sábado, 22 de febrero de 2014

El Sistema Financiero: Instituciones, el Mercado y legislación del sistema (2ª parte)

EL SISTEMA FINANCIERO.
¿Quiénes son? ¿Qué hacen?
¿Cuál es la legislación y las regulaciones que les afectan?


En un intento por difundir el conocimiento y la cultura sobre el sistema económico actual, prosigo con la exposición del sistema financiero.
Esto no indica que me vaya a pronunciar a favor o en contra del sistema financiero, solamente, entregar las piezas y los conocimientos suficientes para ser capaz de argumentar cualquier postura hacia el sistema, pero siempre argumentada y basada en el conocimiento.

Esta segunda parte es la continuación del 
SISTEMA FINANCIERO: Definición, objetivos e instrumentos
desarrollado en este mismo blog.

A continuación se expone el contenido teórico DURO y que realmente da para escribir páginas y páginas.
Por eso mismo, he intentado sintetizar la exposición de INSTITUCIONES, MERCADO [financiero] y LEGISLACIÓN de la siguiente manera:


· INSTITUCIONES Y AGENTES DEL SISTEMA FINANCIERO
- Los reguladores (principalmente, el Banco Central)
- La banca
- Las cajas de ahorro
- Intermediarios financieros no bancarios, como las aseguradoras.
- Otras instituciones financieras

LEGISLACIÓN Y REGULACIÓN
(que viene incluida parcialmente en el punto anterior y en este también).
- Las 5 reformas financieras que han habido durante la crisis y en especial, la reforma financiera de agosto 2012 que evita el colapso del sistema financiero en España.

MARCO EUROPEO FINANCIERO
- Breve reseña sobre la convergencia y la unión bancaria.





AGENTES E INSTITUCIONES EN EL SISTEMA FINANCIERO
(Reguladores e intermediarios financieros)


Como se introducía en el epígrafe dedicado a la definición, una parte fundamental del mercado y del sistema financiero son los intermediarios bancarios (es decir, empresas que tienen depósitos monetarios), que actúan como nexo entre la oferta y la demanda del mercado. A su vez existen otras instituciones como los intermediarios no bancarios (instituciones financieras que no tienen depósitos, como una aseguradora) o los reguladores, que se dedican a supervisar las acciones de estos intermediarios.
Decíamos que como ocurre en cualquier otro mercado de la economía, los problemas asociados a la información, a los costes de transporte, de transacción y los costes a desconocer la información son muy altos y pueden llegar a desincentivar el intercambio y por tanto el mismo mercado [piénsese el caso de tener que ir a comprar la carne al matadero o las hortalizas al agricultor, no sólo tiene un coste de movilidad sino también de informarse de los distintos oferentes y todo el tiempo que conlleva todo ello].
Por esa razón surgían intermediarios en la economía y en el mercado financiero ocurre lo mismo. Este sector es quizás todavía más propenso a esto puesto que el mercado financiero es uno caracterizado precisamente por la asimetría de información, un fallo de mercado bastante importante y que lo aleja de cualquier concepción “competitiva”.

En resumen, las razones y condiciones para el surgimiento de intermediarios son las siguientes:

· Costes y problemas derivados de las transacciones (agilidad en hacerlas) y el desconocimiento del mercado
· Información incompleta y asimétrica (fallo de mercado). Si la asimetría de la información es muy grande el propio fallo de mercado impide que exista éste.
· Contexto social (seguridad o inseguridad, seguridad o inseguridad económica, política y financiera)
· Legislación (en el caso de España por ejemplo, ésta exige que los pagos superiores a 2.500 euros deben realizarse en transacción bancaria, lo que exige que cualquiera que quiera comprarse un producto de ese importe debe “meterse” en el sistema financiero)

De manera que estos agentes existen principalmente por razones de costes (y por tanto, una oportunidad de negocio pues la mayoría delegamos las acciones costosas), de seguridad (debido al contexto), de comodidad. (3)

Pero no sólo son “intermediarios” las instituciones que participan en el mercado financiero. Como se decía, existen una serie de instituciones dedicadas a la supervisión, al control y a la vigilancia de los agentes que operan en el mercado financiero. Estas son llamadas reguladores y todos los países cuentan con distintos tipos de reguladores para las distintas áreas que existen en la economía. Debido a la frecuencia con lo que se desataban cada vez más fuertes crisis financieras, los Estados decidieron intervenir en el mercado con reguladores que orientaran el papel de los agentes y evitaran comportamientos que pudieran poner en peligro la estabilidad, el crecimiento y el bienestar.(4)



5.1) REGULADORES FINANCIEROS.

Son diseñados con el fin último de darle estabilidad, seguridad y confianza al sistema financiero. Se dedican a recopilar información sobre el mercado para evitar que las asimetrías sean excesivas. También supervisa las conductas de los agentes para que éstos no incurran en irresponsabilidades que puedan poner en peligro los ahorros de la población. Recordemos el carácter estratégico de los ahorros en una economía capitalista: es la base de la acumulación de capital, es decir, de la inversión y por tanto del crecimiento económico futuro.

En la actualidad existen diversos reguladores en todos los ámbitos de la economía y tanto a nivel nacional como internacional. Nos centraremos a nivel nacional y concretamente en el sector financiero, aunque hay que saber que existen reguladores de otro tipo, como en el mercado de la energía o en asuntos de competencia.
Podemos diferenciar a nivel nacional y financiero dos reguladores, principalmente:

· La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMP) antigua CNMV.
Tras la aprobar la ley de creación de la CNMP en abril de 2013 y entrar este organismo en vigencia a partir de octubre del mismo año, se sustituye la labor de los otros reguladores existentes en la economía para centralizar la labor en un único organismo.
En concreto, la antigua CNMV tenía y tiene en su misión de supervisar los mercados financieros, una de las dos partes en que dividíamos el sector financiero. La entidad es dependiente de la Secretaría de Estado de Economía y sus objetivos son velar por el buen funcionamiento de los mercados de valores tanto primarios como secundarios (IBEX35, Mercado continuo, MAB, MEEF, etc.…)

· El Banco de España es el banco central del Estado español. Es un organismo “autónomo” [del gobierno] desde la ley que así lo estableció en 1994. El Banco de España es el sucesor del Banco de San Carlos, luego llamado Banco de Isabel II y luego Banco de San Fernando (correspondiente a los reyes que hubieron en áquel periodo en el siglo XIX). En 1856 se convierte en el Banco de España tras un proceso de reordenación bancaria, siempre conservando su titularidad privada, al amparo eso si, de los gobiernos liberales del siglo XIX. En 1868 se creaba la peseta, con la llegada de la I República aunque el Banco de España no tenía el monopolio de su emisión, como se conseguiría luego. En 1874 se lanzan los primeros billetes de peseta.
En la actualidad la institución ha sido desposeída de sus funciones consideradas fundamentales: la política monetaria y cambiaria (pues ya no existe la peseta), aun así, conserva otras funciones en las que destaca la de supervisor de los intermediarios financieros y en especial del sector bancario. También tiene otro tipo de funciones como la de asesorar al gobierno en materia económica, en materia de deuda pública, controlar las reservas o poner en circulación la moneda





5.2) LA BANCA

Un banco es una empresa en sociedad anónima o un intermediario financiero. Hemos definido hasta la saciedad que es un intermediario financiero, y el banco es el ejemplo claro de una compañía que opera en el mercado financiero. Su principal misión, como se dijo, es la de captar el ahorro a través de depósitos bancarios y otros activos financieros para conceder luego préstamos asociados a un interés y prestar otro tipo de servicios financieros (como por ejemplo el “leasing” o los fondos de inversión).
La modalidad de negocio bancario cambia según la zona en la que nos encontremos. En países anglosajones predomina la “banca especializada” de manera que cada uno de los bancos se dedica a un asunto en concreto: unos a asuntos de comercialización, otros a inversión, llegando a estar prohibidas otro tipo de operaciones. En Europa continental predomina la “banca universal” que aglutina una serie de operaciones financieras. Países como España o Alemania tienen un tipo de banca universal que no sólo controla numerosas operaciones sino que tiene participaciones en los principales activos de la economía, es decir, en la industria, en las compañías eléctricas, en la prensa y también en el comercio y en los servicios.

En estos casos en que la banca entra en el capital productivo de la economía, se hace partícipe de sus resultados y del control empresarial que deriva de un alto control accionarial. Es especialmente importante este hecho en países como España o Alemania, donde los bancos guardan estrechos vínculos con la industria y empresas de bienes y servicios.
Hasta los años 80 y 90 la capacidad de crecimiento de la banca venía determinado por la capacidad de ésta para captar recursos. A partir de esta fecha comienza un proceso de financiarización, globalización y de apertura y perfeccionamiento de los mercados financieros, de manera que la banca comenzó a titularizar parte de sus activos poco líquidos para poder conseguir una financiación mejor intercambiando o vendiendo parte de esos títulos creados. Esto se expuso como algo positivo tanto para banca como para inversores y supuso ampliar los mercados para poder negociar este tipo de valores.
Se perfeccionarán, por tanto, los mercados de valores tanto primarios como secundarios.

La desregulación y la globalización de la banca por un lado, y la complejidad y la falta de información que existe, por otro, fomentó que la banca no sólo creara títulos para generar puntualmente unos recursos extras sino que recurriera frecuentemente a este mecanismo para obtener ingresos y así transferir el riesgo a terceros agentes.
Esto es la antesala de la crisis financiera que inicia en 2007 (4)


5.3) LAS CAJAS DE AHORRO y MONTES DE PIEDAD

Las cajas de ahorro en España datan de los años 30 del siglo XIX y muchas son precedentes de montes de piedad. En el caso de las cajas de ahorro su negocio es prácticamente de carácter local y agentes pequeños, es decir, personas y pequeños negocios que confiaban sus ahorros en dichas instituciones.
Los montes de piedad, consistían en una especie de casa de empeño en donde las personas, generalmente de bajos recursos, iban a vender sus posesiones personales a cambio de una cantidad. Su existencia se remonta al siglo XV, aunque en la península Ibérica no habría constancia de ellos hasta aproximadamente el siglo XVI. Su creación tiene como objetivo combatir la usura que existía entonces cuando existían préstamos con intereses de entre el 20 y el 200%. Como su público era por lo general personas de bajos recursos, el monte de piedad concedía préstamos sin intereses avalados por ropa o joyas.


Volviendo al tema de las cajas de ahorro, decir que la mayoría de montes de piedad se convirtieron en cajas de ahorro. Este proceso, según la zona geográfica, abarca desde el siglo XVIII (ya en Inglaterra, pioneros en el avance liberal-capitalista) hasta el siglo XIX.
Las cajas de ahorro nacieron o se crearon con una intencionalidad parecida a la de los montes de piedad. Su objetivo era propiciar el ahorro de las clases más humildes y así mejorar sus condiciones de vida. Las cajas les ofrecían un interés por sus depósitos, además de la seguridad de custodiar su dinero. Las cajas de ahorro surgieron en muchos países con distintas modalidades y nombres, pero en esencia, todas se basaban en propiciar y captar el ahorro de los agentes más pequeños de la economía.

REGULACIÓN.
La primera regulación a la que se someten las cajas de ahorro de produce tras la Real Orden del 3 de abril de 1835.
En 1977 se produce una reforma de las Cajas de Ahorro encabezada por Fuentes Quintana, en la que se facultaba a las cajas de ahorro a realizar el mismo rol que las entidades bancarias. En 1985 se promulga la LORCA (Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros.) que afectaría a la regulación de las cajas.

La crisis financiera dejó pendiente de un hilo las cajas de ahorro, las que se descubrieron que habían sido utilizado con fines partidistas y electoralistas con la disculpa del “bien común” o con que las cajas de ahorro no se guiaban por el ánimo de lucro. Entonces se modifica la regulación con el Real Decreto-Ley 11/2010, de 9 de julio, que supone la mayor transformación de las Cajas de Ahorros desde la conocida reforma Fuentes Quintana. Las cajas de ahorro, casi quebradas, comienzan a fusionarse creando entidades bancarias de mayores dimensiones y con un “agujero” todavía mayor. De más de 47 cajas se pasa a 21 cajas de ahorro en septiembre del 2010.
La última regulación al respecto es la Ley de cajas de ahorro y fundaciones bancarias que continúa en la labor de reducción de cajas de ahorro.
La CECA, confederación española de cajas de ahorro creada en 1928, se ha convertido en Cecabank, una nueva institución de crédito bancaria. Pero todas estas son cuestiones de máxima actualidad y deben esperarse el transcurso de los hechos, (5), (6), (7)

5.4) LAS ASEGURADORAS y los intermediarios financieros no bancarios

La financiarización de la economía ha impulsado el surgimiento de intermediarios financieros no bancarios como lo son los fondos de inversiones, los fondos de pensiones o las compañías aseguradoras. Nos detendremos en las compañías aseguradoras dado su importancia.

Las compañías de seguros o aseguradoras son empresas que canalizan el ahorro captándolo en forma de primas y colocándolo en inversiones que permitan cubrir los riesgos que se asocian a la captación de esos fondos. La aseguradora concede un seguro ante un riesgo económico que pueda afectar a la renta, a la riqueza o a la utilidad de un individuo o de una empresa. Por tanto, existen seguros sobre riesgos derivados tanto del consumo como de la producción.


Su actividad se basa en la gestión estadística del riesgo, pues se hace una acumulación de recursos derivado de la exposición de los agentes a un riesgo económico, y se conoce estadísticamente que sólo unos pocos presentarán esos recursos cuando se cumplan dichas eventualidades.

Como mecanismo de captación del ahorro favorece luego la inversión, pues la aseguradora no acapara en líquido los recursos que ha conseguido sino que los invierte a una rentabilidad para generar una ganancia.

REGULACIÓN y LEGISLACIÓN
Las aseguradoras y los otros intermediarios no bancarios son fiscalizados por la Dirección General de Seguros y de fondos de pensiones.
Además, la Ley de Ordenación del Seguro Privado, que transpone al ordenamiento interno la Directiva europea 98/78/CE es la que regula las actividades en el sector. En ésta se establecen distintas modalidades de empresas aseguradoras: sociedades anónimas, mutuas, mutuas de previsión social, cooperativas y por otro lado el Consorcio de Compensación de Seguros (8),(9)




5.5) OTRAS INTITUCIONES FINANCIERAS

Existen otras instituciones financieras aunque la mayoría puede agruparse de la forma en que se ha hecho la clasificación.

Existe una lista elaborada por el Banco de España con las instituciones monetarias y financieras registradas en España y en los distintos países de la UE:

Nos centraremos en este apartado en una institución en concreto que no ha sido mencionada: el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

El ICO es un organismo empresarial del Estado dentro de la división de “sector público empresarial” que tiene su propia naturaleza jurídica y que asume principalmente dos roles: el de banco y de Agencia financiera del Estado. Se financia por sus propios medios en los mercados de capitales y por tanto, no carga su actividad a los presupuestos del Estado, salvo eventualidad que así lo requiriera para garantizar su solvencia.

Desde el ICO se hacen dos tipos de acciones. Uno que tiene que ver con la de intermediador financiero, pues como banca del Estado dirige préstamos y demás recursos hacia los sectores en los que el Estado está interesado en promover (como ocurre con las exportaciones actualmente a través de las líneas de crédito ICO exportación). Otro tiene que ver con la asesoría y representación financiera del Estado pues es la materialización de muchas de sus políticas como pueden ser la internacionalización, la exportación, la ayuda al desarrollo, al atención en catástrofes, etc.… (10)




LEGISLACIÓN Y REGULACIÓN

Dada la importancia vital y estratégica que tiene el mercado de la financiación, es decir el financiero, su papel fundamental en numerosas crisis de gran magnitud y los excesivos riesgos sistémicos que existen derivados de la acción del sector el Estado establece una legislación básica que da un marco para que existan y actúen los mercados de valores y los intermediarios financieros. Luego, cada uno tiene una regulación más precisa y más centrada en su sector (bancos, seguros, cajas…) que se adapta a las problemáticas que puedan surgir en cada una de las modalidades de negocio.
No es intención exponer toda esa legislación y regulación pues no es el objetivo del ensayo, además, tiene un carácter muy extenso y complejo que dispersaría la atención. Ya se hicieron exposición de alguno de los reguladores, la CNMC o el Banco de España, por lo que esa noción básica es suficiente.

LAS REFORMAS FINANCIERAS
Desde el inicio de la crisis financiera de las “suprime” de 2007 los sistemas financieros mundiales han sucumbido a la crisis que se inició en el sector financiero estadounidense. La conexión financiera, la globalización más bien, establecida por la apertura financiera casi mundial que ha existido desde los 80 ha interconectado los distintos sistemas financieros de los países, en menor o en mayor medida. Es esa una de las razones que los países más expuestos al sistema financiero estadounidense han resultado mucho más afectados que los que no.  (piénsese el caso de la UE con una íntima conexión con los EE.UU y otros países como Bolivia, Indonesia…)
España inició su apertura financiera allá por los años 60 y ese proceso se ha asentado del todo tras la entrada a la CEE en 1986, luego por los Tratados de Maastrich de 1992 y por último, con la puesta en marcha de un sistema monetario común (1998). Por tanto puede considerarse una nación bastante expuesta a los mercados financieros mundiales tanto por su conexión con los EE.UU pero, en especial, con la UE.

El detonante de la crisis en España puede que fuera ese imprevisto en el sistema financiero estadounidense, pero lo cierto es que en España también habían excesos del sistema financiero que comprometían excesivamente los recursos de la economía con el modelo de planificación económica establecido. Debido a que determinados sectores ofrecían una inusual y elevada rentabilidad los intermediarios financieros habían centrado los recursos en aquellos sectores debido a las expectativas de beneficio que existían. En cierto momento, se descubrió que esas expectativas de rentabilidades eran inciertas y sobre todo, irreales. Algunos pudieron rectificar su apuesta, pero muchos ya habían invertido demasiados recursos en un sector que jamás ofrecería la rentabilidad esperada.
Al hacer una mala valoración del riesgo el sistema financiero no actuó de forma correcta. En ciertos casos entregó a precios relativamente bajos recursos a agentes que eran insolventes. En otros casos financió proyectos que no podían ser rentables, y por tanto, que no garantizaban la devolución de los recursos. En cualquiera de los casos, tanto por infravalorar el riesgo como sobreestimar los beneficios no hay buenos comportamientos y se demuestra, también, los fallos y las faltas de información.

Del desastre que se deriva de este problema, que no es menor pues ha conducido al mundo y en especial a Occidente a una depresión, surge la necesidad de reformar el sistema financiero pues de otra manera éste colapsaba amenazando así al resto de la economía y del sistema económico.

REFORMA FINANCIERA DE MARZO DE 2009 (11), (12)
El día 29 de marzo de 2009 el Banco de España anuncia la nacionalización (en palabras del organismo “la intervención”) de Caja Castilla-La Mancha (CCM). Esta caja gestionaba en torno a 26.000 millones de euros en activo, y corría serios apuros de quiebra pues había dirigido recursos especialmente a la construcción: viviendas, aeropuertos y otras obras. Como se explicó en la mayoría de casos se sobrestimaron los beneficios, aumentaba la morosidad y tras 2 años de crisis económica la Caja corría serios riesgos.
La reforma encabezada por la ministra de Hacienda Elena Salgado buscaba reordenar la mitad del sistema financiero atendiendo al sector de las cajas. El objetivo era promover las fusiones de las cajas con problemas y la concentración empresarial para la mejora de resultados y la creación de sinergias.
Para incentivar la reforma el gobierno crea el Fondo de Reestructuración y Ordenación Bancaria (FROB) a cargando los 9.000 millones de euros iniciales a los presupuestos generales del Estado. Con esto se buscaba capitalizar las cajas y los bancos en apuros para que mejoraran su solvencia pero una de las condiciones era reestructurarse, lo que en muchos casos suponía fusionar entidades, intención que el Banco de España manifestó abiertamente.


REFORMA FINANCIERA DE FEBRERO DE 2011 (13)
Viene a continuar la hoja de ruta establecida por el Ejecutivo en el proceso de restructuración bancaria. Una vez concentrado el sector financiero, en pocas cajas y en unos cuantos bancos, la siguiente labor consistía en mejorar su solvencia, es decir, capitalizarlos pues la morosidad marcaba records y los activos bancarios en muchos casos no eran liquidables o traían una pérdida de valor considerable, lo que amenazaba su negocio.
Algunas de las exigencias consistían en dotar de un capital mínimo en los activos de riesgo: un 8% en caso de los bancos y un 10% en caso de las cajas.


REFORMA FINANCIERA DE FEBRERO DE 2012 (14)
Es la primera de las reformas financieras del nuevo ejecutivo forzada por la desconfianza creciente en el sistema financiero español, el aumento de la morosidad y los problemas que tienen los bancos en sus balances al tener un desajuste enorme en sus balances: por un lado sus activos han sido sobrevalorados y por otro, las reservas y el capital no es suficiente para cubrir los pasivos.
La reforma exige una dotación extraordinaria en las provisiones de los bancos y cajas para ir introduciéndolo como pérdida. Se exigían también una “única provisión” a aquellos activos inmobiliarios que aún estando al pago de sus pasivos muestren síntomas de parecerse a situaciones de los activos en riesgo. También unas cantidades contra los recursos propios, es decir, en caso de ganar 2 u.m. el banco debería contabilizarlo como 1 de ganancia y 1 como pérdida).
De todo ello salen unas provisiones aproximadas de 50.000 millones de euros y unos 15.000 millones de euros “contra recursos propios”.
Se siguen incentivando las fusiones pero se matiza esta vez: “La entidad resultante deberá ser viable desde el punto de vista económico-financiero,” (art.2.2f).
Por último se dota al FROB con 6.000 millones de euros a cargo de los PGE.

Tras esta reforma, las provisiones bancarias desde 2008 ascienden a 116.000 millones €.

REFORMA FINANCIERA DE MAYO DE 2012 (15)
La inestabilidad financiera y el desconocimiento sobre el verdadero valor de la banca española así como de sus activos forzó la desconfianza y el “riesgo país” creció de manera que se vio reflejado en el tipo de interés del bono a 10 años español y como se suele conocer, “la prima de riesgo” se disparó. La bolsa sufrió una caída importante unido a la intervención para nacionalizar BFA, la matriz de Bankia.
 Todo esto obligó al gobierno a elaborar otra reforma financiera más con la que calmar la incertidumbre y disipar la desconfianza imperante.
La reforma obligaba a 30.000 millones más en provisiones y al desplazamiento de los activos inmobiliarios a firmas externas. Las provisiones también afectaban a activos no riesgosos. En total, el sector debía aprovisionar unos 84.000 millones para sanear créditos de promoción inmobiliaria. Como se daba por supuesto que no todas las entidades podrían hacer frente a estos requerimientos, se idearon fórmulas, una de ellas, que las entidades recurrieran al FROB.

REFORMA FINANCIERA DE AGOSTO DE 2012 (16)
Se dice que está reforma estaba muy condicionada por agentes externos a España, como el FMI o la CE. Se dice esto pues fue Bruselas quien condicionó la entrega del “rescate bancario” (una línea de crédito de 100.000 millones de euros para recapitalizar y “rescatar” a la banca española) bajo una serie de medidas que vienen recogidas en esta tercera reforma financiera elaborada por el Ejecutivo de M. Rajoy.
El contexto era realmente alarmante pues la prima de riesgo estaba en máximos históricos, el sistema financiero español despertaba enormes desconfianzas, la fuga de capitales era muy pronunciada y había existido una retirada de depósitos importante.
De todo esto se sospechaba una quiebra del sistema financiero y un posible “corralito” a semejanza de lo ocurrido en Argentina en el 2001. La situación de extrema urgencia requería una nueva acción por parte del gobierno en colaboración con la UE pues si España perdía su sistema financiero es muy probable que el país quebrara suponiendo así, el fin de la moneda única.

En la nueva reforma se crea el “banco malo” (SAREB) que se especifica que debe ser rentable y vender los activos durante 15 años. Este banco malo servirá para limpiar los balances de las entidades con activos de dudoso valor o cobro y así disipar la desconfianza sobre la banca española. Luego ha de venderlos en un plazo y obtener ganancias de ello. Se elevan los requisitos de solvencia para las entidades de crédito.
El FROB gana poderes, capacidad de endeudamiento y pasa a depender del gobierno para que éste pueda atender a entidades que requieran pequeñas ayudas como otras que necesiten su restructuración.
Se abre la posibilidad a liquidar bancos inviables, aunque el gobierno ya dejó claro que descartaba esta posibilidad en los siguientes meses en un intento de mejorar la confianza sobre el sistema financiero.
También se trata el asunto de la estafa por preferentes, en un intento de dar protección a aquellos que, desinformadamente, adquirieron activos financieros riesgosos que les han llevado a perder sus ahorros. La responsabilidad de esto se atribuye a las propias entidades por no haber entregado información suficiente a los clientes.



6) MARCO EUROPEO

La Unión Europa desde su inicio ha desarrollado el llamado marco europeo plurianual que es un plan de gasto para un determinado número de años que transforma en términos financieros las prioridades de la UE y limita el gasto durante un dicho período.
Las principales razones que han justificado este marco hasta la actualidad han sido las siguientes: asegurar una evolución controlada del gasto a lo largo del tiempo; facilitar la planificación de proyectos y programas multianuales; asegurar los recursos suficientes para las prioridades de la Unión a medio y largo plazo; y facilitar el proceso de decisión y el acuerdo entre el Consejo y el Parlamento en la elaboración del presupuesto anual.

Los diferentes planes llevados hasta ahora son:
  • Acuerdo Delors I. 1988-1992. Cuyo fin era establecer el mercado interior de UE.
  • Acuerdo Delors II. 1993.1999. Que priorizaba las políticas sociales y de cohesión, así como la introducción en el euro.
  • Agenda 2000. 2000-2006. Especificar el euro y la ampliación de la UE.
  • 2007-2013. Marco financiero destinado al incremento de la competitividad y a la creación de empleo.

En 2012 surge la llamada Unión Bancaria, se trata de un nuevo marco financiero europeo que quiere reforzar a la banca a partir del año 2014, cubriendo el periodo hasta 2020. Supone que los bancos centrales nacionales que tienen el control, se lo entreguen a una autoridad europea, que sería la Autoridad Europea Bancaria (EBA). Este nuevo marco supondría también la creación de un fondo europeo de depósitos y un fondo de garantías para sus miembros. El segundo paso, tras la unión bancaria, sería la unión presupuestaria que supondría que la Comisión Europea pueda controlar las políticas fiscales y presupuestarias de todos y cada uno de los Estados miembros. El tercer paso, sería ratificar el fondo de rescate europeo permanente (MEEF- Mecanismo Europeo de Estabilidad Financiera o ESM- European Stability Mechanism), es decir, cada Estado podría acceder al dinero a través de una petición formal, que lleva consigo unas condiciones u ajustes diseñados por el FMI, el BCE y la Comisión Europea. Y por cuarto y último paso, estaría la gestión de integrar la deuda soberana con los eurobonos. Pretende continuar en el camino del último marco (2007-2013) buscando el incremento de la competitividad en todos sus miembros y la creación de empleo, pero incluye como novedad la creación de un mercado digital único para la UE.


Por tanto y en última instancia, el proceso de Unión Bancaria busca evitar las variaciones bruscas en cantidad y calidad crediticia, crear un supervisor común para los bancos europeos, evitar los problemas de colusión entre supervisadores y supervisados y recobrar la confianza que se ha perdido tras los fallos de regulación de los Bancos centrales, en especial mención al de España y al de Irlanda





7) BIBLIOGRAFÍA


(2). Finanzas para todos:

(3). Finanzas para todos:

(4). Lecciones de economía española. J.L. García Delgado, Rafael Myro (coords.). Capítulo 13, el sistema financiero.

(5). Ministerio de Economía y Competitividad. Ley de Cajas de ahorro y fundaciones bancarias. http://www.mineco.gob.es/stfls/mineco/prensa/ficheros/noticias/2013/130607_APL_cajas_ahorros_CE_06_jun_13.pdf.

(6): CECA y Cecabank: http://www.cajasdeahorros.es/, http://www.ceca.es/es/



(8): DGSFP: http://www.dgsfp.mineco.es/sector/legislacion.asp



(11). La Vanguardia sobre la reforma financiera de 2009 tras la caída de CCM. http://www.lavanguardia.com/economia/20120513/54293107532/reforma-financiera-sin-fin.html


(12). FROB. http://www.frob.es/





Otra biografía utilizada para la elaboración del ensayo es la siguiente:


 · Iñigo González Garagorri. "Sistema financiero español". CEF D.L 2011
 · Álvaro Cuervo García. "Manual del sistema financiero español". Ariel. 2011

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